m'mm Año VII Núm, 2 028 PRECIOS DE SÜSORIPOION DIRECTOR-PROPIETARIO : D. JOSE LOMBARDERO CoruSa: Un mos, ma peseta. — Puovinoias: Trimeutre, cuatro pesetas. — Países compkknjjidos bn la Union Postal: Irimestre, nueve pesetas. fíBOACCIOM, ^UMINISXRACIOM f JAIXBRM EEAL, 26, Y &ALEBA, 21 TELÉFONO 111 £s el periódico de mayor circulatióti en la CÓrüñá Martes 16 de Diciembre de 1902 — San Valentín La visita de los delegados calalanos al Rev. y al Gobierno es un acontecimiento político de positiva importancia, sea «ualquiera el punto do vista desdo donde ae le considere. No debió dé haber sido sin cierto resquemor como lo» haya viwlo ante si una vez más el actual Presidente del Consejo de ¡Ministros, que en su anterior época de mando estuvo á punto de ver perecer por culpa de tales elementos su prestigio de sobernanle. No podría menos do recordar los amargos sinsabores sufridos en aquellos tiempos en que los prohombres del catalanismo se presentaron en Madrid A recordarle sus amplísimas y poco meditadas promesas hachas en el frenesí de su rabiosa oposición á Cánovas, cuando el poder parecía tan lejos de las manos del Sr, Sil vela que bien podía él permitirse promesas y ofrecimientos que era el primero en considerar que en mucho tiempo no habrían de importunarle.' De entonces dala el gran incremento político tomado por esa fracción de catalanes, imprudentemente aventados en sus afanes por la pareja híbrida que formaban Silvela y Polavieja. Ahora ya son otras las circunstancias. El «atalanismo ha ido tomando carta do naturaleza entre los problemas nacionales, por más que probablemente sea un problema menos real que aparente. Y sin ir más lejos, el motivo de esa ida de sus delegados á Madrid demuestra hasta que punto esa tendencia ha obtsnido una especie do beligerancia. Van á reclamar del decreto de Romnnones sobre la enseñanza del catecismo; consideran que el auevo Gobierno no ha de derogarlo, opinando sin duda que en cuestiones que afectan á las raices más hondas do la soberanía española, tiene esto Gobierno razones para ser aun más tolerante que el que le ha precedido. Reclaman una concesión que repugna á la razón, á la dignidad del país y á su sentimiento. No habrán do ser escuchados, nos decimos. Pero lo más triste del caso, es que por lo visto lo han sido. Eso al menos se desprende de la ambigua contestación del presidente del Consejo, quiea, á vuelta de esos circunloquios de ilustre leguleyo en ól habituales, contestó á los catalanistas, negándose, por guardar las formas, á derogar el cacareado decreto, pero acabó por afirmar que «podía» quedar incumplido. iQuó podía! Y quedará por lo visto. Pero la razón es graciosa; dijo el Sr. Silvela, para no doblegarse oficialmente á las exigencias indefendibles de los catalanistas que pretenden crear una raza aparte, que en jÚtimo resultado, los prelados eran, segím el Concordato, lo-* llamados á determinaron definitiva esa cuestión de textos. ¡Según el Concordato! Respétese el Concordato en buen h .ra, como ley del reino que os. Pero ¿por ventura no es ley tam bión y superior á todas, la de que una os la ley, la raza y el idioma en toda líspaña, y que para decidir do lo que á esa unidad y á osa integridad afecta, sólo hay UR soberano, único ó inapelable, que es el Estado? e - ..m v«r»M..t»-.,(í . t> • «KIOT» Las Comña han conseguido su objeto, y con éste el funda- . Marina, D. Santiago Hernáez Contreras, dona mental de esta raza laboriosa, que es eslimu- [Trinidad Víizquez Di.iz, la pensión anual de lar la industria, hacer que íiumente el interés 470 pesetas, leí público y demostrar, que todavía siguen los fabricantes franceses aventajando a lo? lemiis. Para quitar á la instalación de carruajes su pesadez, lodo está lleno de llores y de capri•,lio.-os adornos modernistas, todo colocado con i'rt '. con gracia exquisita. Sin duda porque lo supo se ha presentada aquí el rey Je Bélgica, huésped frecuente d' la gran capital, donde hay especiales atraeli vos que le reclaman. Viene, según dijo, á visitar la exposición de automóviles; cumpliendo el anuncio, ayer estuvo en el grand Palaia. y París, que es muy cliismoso, antes de que llegase el muy católico rey de los belgas, yn salda que automóvil buscaría, para monlar, el huésped retfio. Lko. STJ Nuevos detalies.—ün paisano herido — ira otros, por homicidio de Salvador Vázquez y lesiones á Manuel Vázquez.— /ití/a/isos; muerte de Francisco López Montero.— Saníi'ff^o.contra Pedro Apolinar Martínez, por hurto y fa. No se habla do otra cosa eu la Coruña. La captura de Mamed Casanova, alias 2'orí üio, el tristemeuio célebre bandido que tenía consternados a los habitantes de las inmediaciones de Oriigueira y en jaque á, la Guardia civil, es la comidilla del ala. Quizá á estas horas el criminal audaz haya pagado con la muerte sus temerarias fecho rías. El Mauserhizo, como casi siempre, certero disparo. La bala perforó el pulmón del malhechor no sin que antes éste hiriese á un paisano. Hace tiempo que Mamod viene siendo perseguido por uos secciones de la Guardia civi' al mando de los tenientes L). Federico do la Cruz Uoullosa. jefe de la linea de Ferrol, U. Ramón Costa Fernández, afecto á la comandancia de Lugo. Parejas do cana uno do los puestos de Ortigueira, San Saturnino, Puentes y Cedeira recorrían además todas las parroquias del diairilo haciendo reconocimientos en las casas en que se sospdcnaba que podía esconderse Tófibio, La üe Fuentes fué la que llevó á cabo la aprelionsión, como ya hemos dicho. Esta pareja la mandaba el cabo Eulogio Gómez Rodríguez, á quien Mamed tenía Uesoos de malar, ¡mes ya en alguna ocasión había manifestado que le Imbia de volar la cauoza. Hoy podemos ampliar algunos de los detalles que ayer hemos publicado. Kl presidente do esta Audiencia recibió del juez inairucior do Oriigueira los telegramas aiguicuies: «Tómente Guardia civil participa quo cabo puesto de Puentes y fuerza a sus órdoaos capturo ayer á las 22 en la parroquia üe Froijo á Mamed Casanova, alias Toribio, herido gravemenie. Según rumor pútdico hallábase cenando Toribio en la casa del cura párroco cuándo varios paisanos ir.iiaron üe sujetarle, ao.Udieudo fuerza Guardia civil próxima, que íliZÓ fuego sobro aquél. Salgo para Freijo.» «A las 14 horas hoy encontró este Juzgado cerca parroquia de Granas del Sor fuerza Guardia civil que conducía so^re camilla n esta villa, con beneplacilo del módico de Fuentes, á Mamed Casanova. Confirmase versión relativa á captura que lelegralié. Mamed disparó su revólver hiriendo levemente a un paisano, en cuyo instanto hizo fuégti la Guarma penetranuo la bala en la parte alta >iel lado izquierdo del pecho aguas en la Celebróse ayer, á las seis do la tardo, en la Casa Consistorial, la anunciada reunión entro la Comisión especial designada por el Ayuntamiento para entender en todo lo que se refiere á la traída de aguas á esta ciudad, y os representantes del Sindicato constituido para la realización de tan importante proyecto. Asistieron á la reunión los Sres. Martínez Fontenla, ArguJin, Ramírez, Casaros y Barbeilo Segòvia, en representación del Ayuntamiento, y los Sres. Saunier, Rodríguez Pastor, Marches! Buhigas. Silveira, González (D. Fernando) y Tenreiro (D. Gregorio), en nombre del Sindicato. Hablóse, como es consiguiente, del asunto que motivaba la reunión. El alcalde Sr. M u-tinoz Fontenla explicó cumplidamente las vicisitudes por que pasó el provecto, dando amplios detalles acerca de' mismo y ofreciendo eu nombre del Ayunlamii-nto todas las facilidades posibles para que el Sindicato pueda acometer la obra. Loa representantes de la Corporación manifestaron que ésta podrá aumentar á 80.000 peseta* la subvención anual de 15.000 que tiene asignada la compañía inglesa por las condicion'·s del actual contrato. Se ofreció además poner á disposición del Sindicato el proyecto completo de la concesión del Ayuntamiento, para que con vista do todos los datos puedan examinarlo amplia y detenidamente los ingenieros que aquél crea conveniente designar, á fln de ver si es posible llegará una inteligencia para acometer con decisión una obra de tanta importancia para la Coruña; miembros estafa. Soñalam ¡entes para el día 16 de Diciem- bre.-SALA DE lo cwi^.— Viqo: La sociedad «J. Guerra» con D. Cándido Vigo. sobre entrega de vino. Licenciados Pérez Porto y García Hamos. Reunión de conservadores En uno do los salones del «Teatro Jofre» se reunieron ayer tarde casi todas las personas que constituyen aquí el partido sil velista. Entro los concurrentes hemos visto á loSres. Vila(D. Augusto), Piñeiro, Romero(don Abel), Casliñeira, Pérez Pita, Carballo, Bonilez, González Buvo, Piá (D. Joaquín), González (D. Santiago), Velo (I). José y I"). Felipe), Grana (D. Manuel y D. José), Meirás, Meira■na, LapiqueíD. José), Sardina (I). Raimunlo), Uncal, López Sardina, Velo (D. Emilio), \llogue, Seoane y Maristany. Varios señores adictos enviaron cartas, que leyó el secretario, expresando las causas que os impidioron asistir. Se dió lectura á los siguientes telegramas, cruzados entro el presidente del Comité y el lol Consejo de ministros: . «A presidente Consejo ministros. Comité li¡eral conservador felicita vuecencia enlusiasno por llamamiento poder reiterándole adhesión incondicional. -Vila.» «Presidente Consejo ministros al presidente comité conservador Ferrol. Agradezco vivamente cariñosa felicitación Comité.— Silvela.» So nombraron varias comisiones para ha,OS miemoros del Sindicato mostráronse I cor propaganda, animados de los mejores deseos, y dispucstosl D- Mariano Piñeiro fué designado como reá poner cuanto esté de su parte, para lograr I presentante del comité en la Coruña. en asunto tan trascendental una resolución | Se asordó buscar un local donde celebrará sus juntas el Comité. Quedó acordado que una comisión, consliInida por I). Augusto Vila, D. Mariano Piñeiro y D. José Lapique, vayá el jueves á la Coruña á saludar al gobernador civil I). Alfonso González, en nombre del partido. En la reunión hubo mucho entusiasmo. satisfactoria para todo el vecindario. RiniKos , Para Santiago (Coruña) al teniente coronel del regí miento Reserva de Com postela, don Juan do Benito y Vázquez. Destinos Al regimiento de Murcia, como cabo, el alumno del Colegio de María Cristina, D. José Gutiérrez Corlobarría. ran» * 4»-* -asranrawaraam Entraron ayer en el puerto los vapores Victoria, procedente de Corcubión, y Comino, de Liverpool y Sanlander, con carga general. So despacharon los vapores Duro, para Ferro!; Cabo San Viamlu, para Avilés; Victoria, para Pm-.nteceso, con carga general, y el paí- 1 lebot Fomento de CaHh9, para Oriigueira, | también con carga general. Una reyerta A las siete y media de la noche de ayer so ayer se produjo una acalorada reyerta en la callo de San Ssbaslián. Resultó herido el joven José Velanero, siendo curado en la casa de Socorro. Una patrulla de Infanteria do Marina, que aoudióal lugar del suceso, tuvo que disparar al aire el Mauser. José Velanero fué curado en la casa de Socorro de dos heridas en la cabeza. Noismio. Diciembre 15102. Palacio municipal Hoy os el día señal. ido para celebrar la subasta de la construcción del nuevo Palacio! municipal que proyecta edificarse en la Plaza I de Mana Pila. Elact) comenzará á las doce en la Casal Consistorial. Por lo quo á noticias de esta ciudad so refiero dlcese que no habrá licitadoros y que la| subasta se declarará desierta. Aunque esio se confirme, como so asegura, no por eso quedará el edificio sin constauir -del criminal, sa- porque la Comisión de Obras está íirmemenléndole por la espalda é interesándolo al pa- 1 10 '•,!-.ucUa1a '.'evar el proyecto á la práctica, recer el pulmón. Dispongo que ingreso fito-I^^^^.^Í^Í^^^J.^^ med en la enfermoria del correccional en ciuinto llegue.» Por ahora no se conocen nuevos dalos. Introducción. — de aprendizaje. - to de servicios. - to de obra. II. -III. -IV. Contrato ContraContra- PATIETES Y AUTOMÓVILES Helado con espesor reglamentario el gran lago del Bosque de Koloma, centenares do patinadores lucen sus habilidades y pierden el tiempo trazando sobre su firme y crislauna superficie caprichosos arabescos. Unas horas de calor bastaran para espantar de allí a los regocijados paiinadores, pero mienlras esas horas no llegan, lodo es diversión y alegría y lo de menos alguna piorna rola y unos ciento*, de cosli.ladas que so dist ribuyo con relati vu equidad el enorme contingento de aficionados á resbalar sobre el hielo, imitando a los patinadores de la vida social, cuyas largas y laciles zancadas suelen terminar con un retumbante y doloroso batacazo. Símbolo de la ligereza humana es el ágil patinador que surca rápida é incB»antemento el frío cristal del cual no puede esperarse Iruto alguno, que engaña con su aparente solidez y está pronto á quebrarse y desvanecerse, dojando el recuerdo de unas horas de placer y de alegría, en la indiferente y monòtona superficie de las sucias aguas de un lago artificial. Quizá porque esas horas so van tan pronto, quieren lodos aprovecharlas.y oamas lujosas se citan en el lago para llenar el anibionle con el delicado y modernisla olor de la «««rea, comentando las noticias que envían los que han ido á invernar en la encantadora eóted'azur, y los atrovimíenlos, muy parisienses, de que está llena una nueva zarzuela que atribuyen á la escritora conocida por ¿iras d'azur, y á la cual ha puesto el inspirado Michel una música alegro y delicada come este amr ue moda. Al lado de ese aliciente que proporcionan les rigores de la estación, se presonta para disputar la preferencia del público la quima exposición de automóviles. El monumental araná l'alais está lleno casi por entero con loa productos de esta nueva industria, cada vez mas floreciente en Francia y ya creciente en alguna otra nación europea y en la norteamericana. Hay allí carruajes para todos los gustos y de todas las formas, desde el automóvil ómnibus, capaz de contener á varias fam i lías españolas, quiere decir, numerosas, hasta el automóvil de gran marcha ¡cómo andará! que parece formado por la mitad superior do un submarino, con solo un agujero en el memo, para el que quiera senvalor do pasar porojo, con semu- LA NUEVA CARCEL ■ Ayer se recibió en la Aubíencia una Real orden, fecha 18 del actual, nombrando vocal arquiiecio de la Junta de inspección, vigilancia y administración de las obras do la nueva cárcel de esla ciudad, á D. Julio Galán. Esto señor ha sido designado, como ya hemos dicho, en sustitución del anterior arquítccio provincial, Sr. Domínguez, que falleció. Sabemos que tiene muy adelaniados sus trabajos de plano y ame- proyecto, para pre¿onlarlos á sus compañeros dentro do breve plazo. El Sr. Méndez Brandón, encargado do la confección del reglamento por que la referida Junta ha de regirse, también terminará pronto su labor. Por su parte el presidente de la Audiencia, señor Higueras, no descansa hasta ver realizado su propósito. Fué autorizado D. Manuol Calvode la Villa, para establecer una cetárea de langostas en Rivadesello, de Pozo Leiro. Fué nombrado el médico primero D. Ramón Abolla Suárez. encargado del detall de la sección de practicantes del Ueparlamenlo. Se concedió á D. Bernardo Velarde Barrio un año de prórroga para terminar una cetárea ó depósito do langostas. Han sido promovidos á sus empleos inmediatos, el segundo maquinista de la Armada I). Francisco López Vicente Mira Vivo. tampoco se celebrase se pedirá la autorización correspondiente para ejecutar las obras por administración. De modo que, de cualquiera manera que sea, el Palacio municipal no quedará sin construir. Lo más que puede acontecer es quo se demore 1 unos meses la inauguración do las obras si éstas no se hacen por subasta. El transporte del ganado Por ser do oporlun'ulHd, hoy ifiá la cimtiún socinl la luoha entre putronus y obreros, tiuito preootipti i in terosn «n Kspuim ontoni, publionmos, tomándolo do la lii'.i'ÍN/a de Lrffisfacivn universal y Jurisjirmtenew espa fióla, al siguiento íntoreaaíxto m-Mculo: [. El problema obrero es de actualidad en lodos los pueblos que se ven en la necesidad de buscarlo soluciones jurídicas positivas, para evitar an el orden político perturbacio nos cuya intensidad es posible calcular priori. España es de los países en que menos se ha egislado sobre la materia, á pesar de la energía, seriedad y consiancia con que el partido socialista obrero defiende sus ideales, y de que p0r lodos los pensadores se ha raconocido la necesidad de modernizar la Legislación civil, incluyendo en el Código el contrato de trabajo. Cuando se legisle, acaso sirvan de oriontación para ello las leyes ex Iranjeras más que el estuaio de las condiciones del país y las oonveniencias económicas del mismo; y para emonces bueno será haber examinado qué leyes son adaptables á nuestra España y cuáles no lo son; porque la idiosincrasia do un pueblo no se traduce «orno las leyes escritas, y las disposiciones emanadas del Poder público han da tenor en cada pueblo un carácter especial y oportunista. Por eso nuestro estudio so referirá principalmente á Esiiaña, y al examinar en cada aspecto del problema obrero lo que nos queda por hacer, analizaremos las leyes extranjeras, y especialmente las que no parezcan verbal, deben hacerse constar las condiciones del maestro y del aprendiz y de las personas que le autoricen, la duración de éste, y las demás que especialmente so pacten. El maestro contrae la obligación de advertir á los padres ó tutores del aprendiz menor le edad las faltas quo cometa, de enseñ ir bien su arte al discípulo y do someterse en su caso á lo prescrito por la ley del trabajo de las mujeres y do los niños. Cuando el maestro tenga en su casa al aprendiz, estará obligado á proporcionarlo comida y habitación sana y los cuidados que la higiene aconseja. El aprendiz debe á su maestro fidelidad; éste puede imponerlo correcciones cuando turbe a paz del taller, y en las faltas ó delitos que el aprendiz cometa en la casa do su maestro se considerará siempre que concurro la agravante de abuso do confianza. El contrato de aprendizaje puede siempre rescindirse libremente por cualquiera d3 las partes durante los dos primeros meses, que se consideraríin do ensayo; poro transcurridos éstos no puede rescindirse sin causas poderosas, como la de que el maestro h lya sido condenado por sentencia flrm-j ó procesado por alzamiento en fraude do acreedores ó delitos contra la moral pública; que los aprendices sean necesarios en su casa por muerte de los padres ú otro gravo motivo de familia; que traslade á otro punto su residencia cualquiera de los contratantes; la cesación dol maestro en su industria, ó otras causas an:i logas á las anteriores. Con esto y con fijar las indemnizaciones quo deberían satisfacer los que c intraviníosen á lo pactado en el contrato ó á lo dispuesto por la ley, y la pena que debería aplicárseles, quedan esbozadas las bases ríe lo qué deberh -,er ja ley en materia de contrato de aprendizaje. Hemos expuesto los términos dol contrato de aprendizaje tal como se entiende en Francia, por la ley da 4 de Marzo de (85 L y por las aclaraciones que después han hecho los Tribunales y los consejos do prud' hommes. Esta ley seria conveniente adaptarlaá nues- . tro país, donde es común y corriente que los muchachos que se dedican al comercio y á oficios no perciban sueldo de ninguna clase, sin quo en cambio reciban enseñanza. Respecto de los daño ■> morales que la vida del taller causa á los jóvenes, y, principalmente á las jóvenes, mucho pudiera también decirse. Los remedios para ello no estarían sólo en el contrato do aprendizaje, sino en crear la inspección dé) trabajo, de quo después nos ocuparemos. 111. En ol contrato de alquiler do servicios, segunda forma del contrato de trabajo, se' requieren el consentimiento, lá capacidad de la-s parles, el objeto y la causa. El consentimiento, para ser válido, n scesiln uo no haya sido prestado con error acerca ( e la causa ó ol objeto do contrata, y que tam - poco se haya arrancado al obrero y al patrón por la violencia. Se considera con capacida>l para este contrato á los mayores do edad, á los rnniores autorizados por las personas que ejerzan la patria potestad y á las mujeres casadas autorizadas por sus maridos. El objeto del contrato ha de ser un trabajo icito, es decir, no contrario á la moral ni al orden, y de posible ejecución. El salario convenido se ha de pagar precisamente en dinero, si bien puedo pagarse algo on especie, con carácler de acce-ono. La causa del contrato os para «1 obrero la ibligación que el patrón tiene do pagarlo el salario, y para el patrón la obligación que el obrero tiene de ejeoutur el trab.ij > convenido. La causa, como ol objeto del contrato, debe ser posible v lícita. Deberes del patrón: procurar al obrero los nedios de ejecución do su trabajo; pagar el salario convenido; cuidar de la seguridad personal del obrero, y responder de la obra. Deberes del obrero: ejecutar el trabajo convenido; hacerlo lo mejor posible; cuidar de los instrumentos del trabajo y de los útiles que bo confien á su custodia, y no perturbar la disciplina del tallor. El contrato del trabajo puede terminar por mutuo consentimiento; por muerte, imposibilidad física ó iuterdicción civil do alguna le las partes; por quiebra del patrón; por fuerza mayor; por haber transcurrido el tiempo pactado; por rescisión, no habiendo cum|)li lo sus obligaciones alguna do las dos partes, y por la voluntad de uno solo do los contratos. Jiménez y el tercero don Se autorizó á D. Antolin Silva para establecer una cetárea de crustáceos en la ensenada do la Liriera, de San Vicente de la Barquera. A D. José Soto López se le concedió autorización para establecer una cetárea de langos! ta én el puerto de Luarca, lirse con valor do pasar porojo, con semu- j . — jante vehículo, á persona^, casas y momos: j Le fué concedida á doña Teresa Lago, viuda todo lo que se ponga por dolanlc. Idel comramaeotre mayor de primera D. Fer- La exposición es interesantísima. Hay al- ' nando Barozomo. la pensión de 625 pesetas, gun hermoso modelo que ya han adquirido' —A doña Felipa Garcia Calleiro, viuda del más do cincuenta personas y sóío hace tres soldado de. Infaniéria da Marina Jacobo Rodrídias que auuólla so inauguró. Cada l'aoricante guez García, tullecido on Cuba, la pensión apuró su inventiva para añadir á los carrua- anual de H>4 ü0 pesetas. jea de «u marca alguna novedad y casi todo* —Ala viuda del teniçnte de Infanteria de La Cámara de Comercio de Lugo, haciéndose eco de las quejas de los ganaderos gallegos, que se ven imposibilitados de exportar el ganado quo adquieren, por faltado material adecuado en la estación del ferrocarril de aquella ciudad, se ha dirigido á la compañía de los ferrocarriles del Norte, pidiéndole que ponga cuanto antes remedio al mal que tantos perjuicios ocasiona á los intereses generales. Alega la Cámara que esta es la temporada en que el movimiento de transporte de ganado vacuno alcanza mayores proporciones, debido á las múltiples ferias que se celebran en la región y muy especialmente en la provincia do Lugo, y que por eso mismo so hace más necesario atender las justas quejas de los traficantes do ganado. No son s damente los intereses de éstos sino los de la misma compañía y los generales del if país los que exigen que la empresa del ^.rSSfflSSSP® estudiar e destine á la estación de Lugo ol material ne- 1 cesarlo pura efectuar debidamente el embarque de ganado, á íln do que los ganaderos puedan atender cumplidamente y con la debida puntualidad los pedidos que les hacen de los centros consumidores. Harto doloroso resulla quo los trañcanlas que desean exportar sus roses tengan que recorrer por carreteras distancias tan grandes como las qué hay de Lugo á Sarria y Monforte para poder dar salida á sus mercancías. La Compañía del Norte prestará un buen servicio á los panaderos gallegos y á los intereses regionales si dota á la estación de Lugo del material suficiente y necesario para atender con oportunidad al más puntual y rápido embarque del ganado que se exporta á Barcelona, Madrid y otras poblaciones. contrato do Sumarios ingresados en la Secretaría de Gobierno el dia 15 de Dicismbre.— Corcubión: falsedad en un documento público. — \dcm: lesiones á Franaisco Blanco Pose.— O - ruña: estafa á Pedro Crespo.-- -/rfem: contra Pedro Vidal, por lesiones á Manuol Manía. — , Idem: contra Juan Martínez Segade, ppr.ic·' sionos á Manuel Corral Soulo y Domingo Suàreu.— Caróa^o; coaira Tomás García y pozaremos por trabajo. II. El contrato do aprendizaje es la primera forma del contrato de trabajo, y podría dollnirse diciendo que es aquel por el que un maestro se obliga á ensoñar su profesión a oirá persona que en cambio se obliga á trabajar para ól en ciertas condiciones. De esta especie de definición se desprende quo lo primero que se requiere para quo ol contrato tenga lugar, es que el que ha de enseñar el oficio tenga competencia en un arte ó industria. Además deben exigirse ciertas condiciones á los maestros, á fln de que no causen daños mornles á sus aprendices. Las condiciones podrían ser las siguientes: no poder los solteros ni los viudos tener en calidad de aprendi«es mujeres menores de edad; los menores de edad, civil y mercantilmente, no podrán recibir como aprendices otros menores; no deberá permitirse recibir aprendices á los condenados por delitos contra las buenas costumbres ni á los que hayan quebrado fraudulentamente, ni tampoco que los tengan las mujeres casadas sin autorización de su marido. En cuanto á la capacidad de los aprendice para este contrato, solo se les exigirá la de El contrato podrá rescindirse por la voluntad de uno solo de los contratantes en cualquier momento, cuando no se haya fijado la duración del contrato, y cuando se haya fijado, alegando causas justas, ante una junta mixta de patronos y obreros, ó indemnizando á la parte perjudicada. Por lo expuesto se ve el verdadero espíritu del contrato do alquiler do servicios, tal como .se entiendo en Francia, y ateniéndonos también á las necesidades sentidas qufl lian motivado en la Cámara francesa las proposiciones de ley de Goblet, Beauregard y otros diputados. En España no se ha dispuesto nada sobre contrato de alquiler de servicios. IV. El contrato de alquiler de obras es bilateral y conmutativo, y exige un objeto, un precio y el consentimiento recíproco de las partes. Para la capacidad se exigen las mismas condiciones de los demás contratos, y on cuanto al objeto, sólo se consideran nulos cuando no sea posible lo contratado, por causas ajenas a la voluntad de los contratantes. Obligaciones del maestro: la de responder . de las obras; la de poner al obrero en condiéiónés de Cumplir sus compromisos; lado contormarse con las leyes que se dicten sobro prolección y policía del trabajo, y la de pagar el precio convenido. Obligaciones del obrero: la de prestar su trabajo conforme á la« reglas de un arle; la de terminarlo en el plazo convenido; la fio responder de las primeras materias que el maestro lo haya entregado y devolver lo sobrante, y, el que trabaje en taller, la de observar la disciplina y los reglamentos. También puede darse el caso de que el obrero ponga las primeras materias, pero entonces el contrato, más quo do alquiler de obra, serla de venta. Este contrato so rescindo por las mismas causas que los anteriores, y además cuando el maestro no necesite ol producto del trabajo il obrero por que hayan variado las condi¬ ciones del artículo on e"l mercado. I amblen so considerará terminado el con- ser aptos para él los mayores de edad y los llrct0i 011 (l0 muei'tGclel Patri>nemancipados. En cuate á los menores nocesi- \ ■ ^ e' contrato de alquiler do obras lamían la autorización de sus padres ó de las per- , poco 'iay na4a legislado cu España, sonas á quien en defecto do éstos corresponde — cl WiaST»i2,e no m ^é^m^sM