Página 5.542 Viernes, 24 de noviembre de 1995. — B. O. C. Número 235 Recursos: Contra este acto de gestión recaudatoria podrá interponerse recurso ordinario en el plazo de un mes, contado desde el día de su notificación, ante el director de la Administración de la Seguridad Social, conforme a lo dispuesto en los artículos 107, 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» número 285, de 27 de noviembre), y la disposición adicional decimonovena de la O. M. de 18 de enero de 1995 («Boletín Oficial del Estado» número 18, de 21 de enero), advirtiéndose que citado recurso no suspende el procedimiento si no se realiza el pago de la deuda perseguida, se garantiza con aval suficiente o se consigna su importe, incluido el recargo de apremio y el 3 % presupuestado para costas del procedimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.4 de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» número 313, de 31 de diciembre). Santander a 8 de noviembre de 1995.—La recaudadora ejecutiva, María del Carmen Blasco Martínez. 95/15651^ MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Cantabria EDICTO En los oipedientes de apremio que se siguen contra los deudores que al pie se detallan y con los datos que igualmente se especifican, han sido dictadas con fecha 30 de junio de 1995 por el director provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Cantabria Resoluciones que en su parte bastante dicen: A la vista de los presentes expedientes de apremio seguidos a deudores, teniendo en cuenta que está debidamente acreditada la imposibilidad de hacer efectivos los débitos a la Seguridad Social por desconocido paradero y/o insuficiencia de bienes, de conformidad con los artículos 163 y siguientes del R. D. 1.517/1991, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, y 165 y siguientes de la Orden de 8 de abril de 1992, que lo desarrolla, y habiendo sido preceptivamente fiscalizados por Intervención, Provincial, en aplicación del artículo 169 de la Orden mencionada, esta Dirección Provincial resuelve Declarar créditos incobrables las cantidades a que ascienden las deudas. Conforme al artículo 172 de la Orden mencionada, el procedimiento de apremio deberá reanudarse si dentro del plazo de prescripción se comprobasen adquisiciones de bienes o de nuevas titularidades jurídicas de los responsables de los pagos. Asimismo, se advierte que, si no compareciesen en el plazo de diez días ante la Administración de la Seguridad Social o ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, se presumirá cumplido el trámite de comunicación del cese de las empresas en su actividad y de la baja de los trabajadores, en su caso. Contra las presentes Resoluciones podrá interponerse reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria en el plazo de los quince días siguientes a la notificación, sin perjuicio del previo y potestativo recurso de reposición ante esta Dirección Provincial, de acuerdo con los artículos 188 y 189 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social y artículo 170 de la Orden. R: 01. C. C. C.: 39/42878/87. Deudora: «Inmobiliaria Juma, S. A.». Período: 12/90 a 5/93. Importe: 718.431 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/51732/17. Deudora: «Care Revestimientos, S. L.». Período: 7/94 a 9/94. Importe: 817.375 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/13429/29. Deudora: «He- rexmar, S. L.». Período: 1/92 a 10/93. Importe: 17.644.770 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/51709/91. Deudora: «Cons. Cántabro Europeas, S. L.». Período: 10/93 a 5/94. Importe: 548.590 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/1002236/86. Deudora: «Plantas Ind. Unistahi, S. A.». Período: 4/93 a 7/93. Importe: 924.121 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/51004/65. Deudor: Don Manuel Conejo Domínguez. Período: 7/91 a 8/93. Importe: 5.709.308 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/1001545/74. Deudora: «Sandur, Sociedad Limitada». Período: 12/92 a 9/94. Importe: 1.177.548 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/34722/79. Deudora: «Cymbesa». Período: 3/91 a 4/92. Importe: 439.830 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/31412/67. Deudor: Don Lucas Rivas Gandarillas. Período: 2/89 a 9/91. Importe: I. 558.490 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/31754/21. Deudora: «Lavandería Ind. Garvia, S. A.». Período: 9/90 a 9/94. Importe: 13.240.813 pesetas. R: 01. C. C. C.: 39/31365/20. Deudora: «Díaz Pérez y Cía., S. A.». Período: 10/91 a 2/94. Importe: II. 542.332 pesetas. Y para que sirva de notificación a los sujetos responsables citados, se expide la presente cédula de notificación, en Santander a 21 de septiembre de 1995.—El director de la Administración, Carlos Puente Gómez, P. D., la jefa de Área de Afiliación, María Jesús Fernández Nieto. 95/132179 MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Cantabria Edicto para la notificación de providencia de apremio a deudores con domicilio desconocido D« del Carmen Blaeco Martíner, Recaudadora Bjecutiva de la Seguridad Soeral, DHB 39/01. SAHTMIDBR. HACX SABBRi Que ee hace publica la «iguien^^ relación adjunta de deudorea a la Seguridad Social, por loe debitoe que se indican.