íoimniieute*. Recibidos los expresados ilocutüenlüs, examinados y cuuíVouladoa coa los repartos y malí ícuia« de su riifefeucia, y aprobados cu nado resul • ten exactos y conformes, la \dmiiiistraciun devolverá ai Ayuntamiento un ejemplar autorizado da cada lista y faciliitará el otro al Hucaudador de la zona respectiva para que, con arreglo al mismo, lleno los recibos talonados del tercero y del cuarto trimestre, consignando en ellos el impone líquido del Tesoro, según la última columna. La dependencia referid i confrontará los recibos con las listas cobra torias, y después de subsanar los errores que «:0'Jieiigant los autorizará con el sello destinado á este objelo y lus outregará en su dia á la llecí udaciou, con los pliegos dn cargo correí-poudientes. 8 * lía vista del ejempUr de U lista cobratoria, que aprobado por ta Administración se devuelva á los Ayuutamieutos, estas Corporaciones adquirirán por su cuenta ios recibos talonarios impresos que sean necesarios para hacer efectivos sus recargos; dispondrán que sean cubiertos, cousiguaudo «a el'os las cintidades que en la penúltima columna de las referidas htdas aparezcan á su favor, y remitirán á la A imiiiUiraciuu de Cautribuciones los recbos coo sus matrices, y li«ara que procedan a la cobranza; bien por medio üe Agentes especiales ó coutrataudoi ibremeulo este servicio con los Recaudadores de la Hacienda. 9 * Cuando se trate de cuotas no comprendidas en ios < epartunieuios, ni en las matrículas, ó sea de aitas, pairt ilos y ilemás que constituyan la cobra uxa accideotal, la Administración de Cuulribuciones formará listas adicionales [¡ara deducir ó rebajar en ellas, y en los recibos del tercero y c ¡arto trimestre, el importe de los recargos municipales que ya estuviesen liquida los y su tí por iOOde cobranza, partidas t iltídas, ele liu las liquidaciones de alta y (átenles que s^ practiqu-n de aquí en adelante se compren - dará !o que corresponde ai Tr&uro, coo sepapacion Completa de loque pertenece á los Ayutitamientos, se dará coooc i mié uto á estos para que poediu recaudar li parle que les concierne. 10.* Al entregar la Aclmiuistiaciou de Contribuciones á ios Agentes ejecutivos los recibos del primero y del segundo trimestre, que sean devuehos por los Recáu dadores como pendientes de cobio, expresará en los [diegos de cargo la parte que cor.- espolada ai Te soro, al recargo municipal, y en su caso, al 6 por 100 de cobranza y partidas fallidas sobre dicho recargo. Los Agentes formarán las liquidaciones periódicas de dichos trimestres cea separación siempre de las que rindan por loa t imestr.és áiguieutes, y al final de ios uúsmos descompondrán su total importe en los conceptos expresadus, gilar Jando la misma proporción que la que resulto de los pliegos de cargo. De las cantidades que recauden entregarán la parte alícuota á ios respectivos Ayuntamientos, y los recibos, ó cártaa de pago que recojan de estas Corporaciones los presentarán á íormalizar en esas oficina^ » Para el más exacto cumplimiento de la R. O. de 11 del actual, así como de las pi ecedentes i nsiruociones y para evitar codo retraso en la cobranza, esta Administración espera de los aeíiores Alcaides que á partir de Io de Septieiub'e próximo re ¡citan lasmedcionadas lisias cobratorias por duplicado y ajusta las á los modelos que ¡i continuación se publican, referentes á las listas que han de formarse para la contribución de inmuebles, CUIUVO y ganad*'! ía y pars la contribución in> v.ust i DON BENIGNO MARTIN Y MAHTlN Juez de primera instancia de esla villa y su partido. Hago saber: Que á las once de la mañana del dia siguiente al ea que trascurran veinte hábiles desde la m. sercion de este anuncio en el Boletín oficial de la provincia, tendrá lugar la venta en pública subasta de lasflu. cas siguientes: Pesetas. 1. ' Una finca labrantía en el pueblo de Rasines, de sesenta carros de cabida, al sitio de «El Sartal» en el barrio de Heiguera, que linda por el N orle antuzano de la casa en que habita, Sur pared de la cerca, Este terreno de herederos de Manuel Gil y Oeste l e r r e u o propio, en medio, tasada en mil doscientas pesetas, . 1200 2. * Otra finca también labrantía en el mismo pueblo y barrio, Llosa de Bragales, de diez y seis carros de cabida, y linda por el Norte carretera pública, Sur y Este la haca nteriormente descrita y Oeste terreno de don Agustín González, tasa d a en doscientas ochenta pesetas . . 280 Cuyas Ancas han sido embargadas á don Juan de Lombera y Gil, vecioo de Rasiues, á instmeia del Procurador don Sebastian Mieguimolle González, vecino de Ru-gos, para que pague i este el importo de una cuenta jurada de los gastos supddos eu la apelación de un pleito seguido con doña María Martínez Cuadra sobre pago de pesetas, y se sacan á pública subasta sin suplir previamente la falta de títulos, y por el precio en que se hallan tasadas, en junto mil cuatrocientas ochenta pesetas, debiendo depositar el diez por ciento en efectivo el que opte por el remata, sin que en este se admitan posturas que no cubran las dos terceras partes de la tasación. Dado en Ramales á veinte y ocl>o de Agosto de mil ochocientos noventa. — Benigno Martin y Martín. —Po? mandado de su señoría, RomuaHo Fuente. MAIZ REDONDO AMARILLO. Llegó el vapor «Mereddto* con cargamento de maiz redondo, igual al de pais, que se cede á precios muy «t"1"0 gládos Diríjanse los pedidos á su recepto D Leandro Hermosilla, del comercia de Sartander. ^ rr «v iw.vaMMiv.r ■•wi- SANTANDER. Imp. de S. Atieaza, Lope ríe VB^8» í.